Recomendaciones de Minsalud para atender posibles casos de Covid 19 en plantas

Recomendaciones de Minsalud para atender posibles casos de Covid 19 en plantas

Recomendaciones de Minsalud para atender posibles casos de Covid 19 en plantas de producción de alimentos

Bogotá, 1 de abril de 2020 (@MinAgricultura – @ZeaNavarro) – El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural comparte protocolo del Ministerio de Salud y Protección Social, con  recomendaciones y acciones a realizar, en caso de que algún trabajador o cualquier persona vinculada a plantas de producción, transformación, almacenaje y comercialización de alimentos, resultare sospechoso o fuera diagnosticado como positivo de COVID –19.

Según expresó el ministro Rodolfo Zea Navarro, los procedimientos contenidos en el protocolo de Minsalud, buscan que estos centros de producción tengan una hoja de ruta y sepan que hacer en la eventualidad de que se presente algún caso:      

  1. Si algún trabajador de plantas de producción experimenta síntomas respiratorios o fiebre, se debe realizar aislamiento preventivo en el lugar de trabajo; para lo cual debe colocarse mascarilla quirúrgica, dejarlo en una zona aislada y avisar a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), para que establezca los pasos a seguir.

     
  2. Es importante, que el trabajador si presenta síntomas respiratorios en casa, debe informar al empleador para que se pueda realizar el aislamiento preventivo en su casa.

  3. En el caso de que los síntomas se relacionen con COVID-19, se debe informar a la EPS e iniciar el proceso de toma de muestra y la identificación de los contactos con síntomas del COVID-19.  

     
  4. Si luego de practicadas las pruebas respectivas se confirma como un caso positivo, el trabajador entrará en un periodo de aislamiento de 14 días, siguiendo el protocolo estipulado por el Minsalud en el documento LINEAMIENTOS PARA EL MANEJO DEL AISLAMIENTO DOMICILIARIO, FRENT: E A LA INTRODUCCIÓN DEL SARS-CoV-2 (COVID-19) A COLOMBIA, disponible en el enlace:    https://www.minsalud.gov.co/Ministerio/Institucional/Procesos%20y%20procedimientos/GIPS06.pdf

     
  5. Teniendo en cuenta lo anterior, se realizará un seguimiento epidemiológico para establecer los posibles contactos del trabajador afectado, los cuales al ser identificados también serán sometidos al aislamiento respectivo por 14 días.   Si éstos presentan sintomatología compatible con la enfermedad, se realizarán las pruebas diagnósticas correspondientes, las cuales de resultar positivas motivarán el seguimiento de contactos y la adopción de las medidas antes descritas. Leer más

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